martes, 20 de septiembre de 2011

Incremento de Subsidios


Estimados afiliados, en la primer reunión de la nueva Comisión Directiva se decidió incrementar el monto de los subsidios que hasta ahora se vienen entregando en un 30%. En la misma reunión, y atendiendo la solicitud de los afiliados, se decidió generar un Subsidio por Afección Grave de Largo Tratamiento, que se suma a los que hasta ahora se venían otorgando.

A partir del 1 de Setiembre, los subsidios son modificados de la siguiente manera:

Subsidio por Nacimiento
Este beneficio se puede solicitar dentro de los seis meses posteriores al nacimiento y se debe presentar la siguiente documentación: Fotocopia del último recibo de haberes y Fotocopia de la Partida de Nacimiento o Documento de Identidad del recién nacido.
Monto del subsidio: $600 (Por única vez)

Subsidio por Adopción
Este beneficio se puede solicitar dentro de los seis meses posteriores a la adopción y se debe presentar la siguiente documentación: Fotocopia del último recibo de haberes y Fotocopia de la Partida de Adopción o Documento de Identidad del Niño.
Monto del subsidio: $600 (Por única vez)

Subsidio por Matrimonio
Los interesados en acceder a este beneficio deben presentar fotocopia del último recibo de sueldo y acta de matrimonio.
Monto del subsidio: $600 (Por única vez)

Subsidio por Hijo Discapacitado
El afiliado beneficiario de este subsidio debe presentar para su cobro copia de historia clínica. El afiliado puede hacer uso de este subsidio hasta que el hijo en situación de discapacidad cumpla 18 años.
Monto del subsidio: $250 (mensuales)

Subsidio por Fallecimiento del Titular
Este subsidio tiene por destinatario a la persona que el afiliado designe en caso de su fallecimiento. El familiar beneficiario de este subsidio debe presentar para su cobro: último recibo de sueldo del afiliado fallecido y certificado de defunción expedido por el Registo Civil.
Monto del subsidio: $600 (Por única vez)

Subsidio por Fallecimiento de Familiar en Primer Grado de Cosanguinidad.
El afiliado beneficiario de este subsidio debe presentar para su cobro constancia que acredite parentesco en primer grado y certificado de defunción expedido por el Registo Civil.
Monto del subsidio: $600 (Por única vez)

Subsidio por Afección Grave de Largo Tratamiento
El afiliado beneficiario de este subsidio debe presentar para su cobro una constancia emitida por Recursos Humanos de la U.N.V.M. que acredite dicha condición
Monto del subsidio: $600 (Por única vez) mas $250 mensuales (mientras dure el tratamiento)

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